Preámbulo.
La EOL-Delegación Mendoza nace para dar continuidad en la provincia de Mendoza al desarrollo y la extensión del psicoanálisis de la Orientación Lacaniana que se inició en el año 1997 con la inscripción, por parte del Consejo Estatutario de la EOL, de la Asociación Cuyana de Estudios Psicoanalíticos de Mendoza (ACEP) en calidad de Grupo Asociado a la Escuela de la Orientación Lacaniana (EOL).
La EOL-Delegación Mendoza hará presente en su territorio la reconquista del Campo Freudiano lanzada por J. Lacan en su Acto de fundación y que se prosigue a través de la AMP -creada por J.-A. Miller en 1992- y sus Escuelas.
1.- Denominación, Duración, Sede.
El Consejo Estatutario crea una Delegación de la Escuela de la Orientación Lacaniana en la ciudad de Mendoza, (en adelante EOL- Delegación Mendoza) de acuerdo con las facultades que le otorga el artículo 21 de los estatutos de la Escuela (según el Anuario publicado en el año 2016). Su duración será fijada por el Consejo Estatutario de la EOL. Su sede está en la Ciudad de Mendoza.
2.- Fines y medios.
Sus fines son: difundir el psicoanálisis de manera acorde a los fines de la Escuela de la Orientación Lacaniana y de la AMP; los medios son: Carteles; Conferencias; Seminarios; Bibliotecas; Coloquios; Publicaciones en papel y electrónicas; Listas de difusión; Jornadas, etc.
3.- Composición.
La Delegación está compuesta por Miembros de la Escuela y Asociados a la Delegación.
Son miembros de la Delegación los miembros de la EOL y la AMP que viven en la Provincia de Mendoza.
Son asociados a la Delegación quienes soliciten su admisión y sean aceptados en calidad de tales.
Derechos: los miembros de la EOL pueden ser designados por el Consejo Estatutario para asumir cargos directivos. Los asociados a la Delegación pueden formar parte de distintas Comisiones.
Deberes: los miembros y asociados se comprometen a cumplir y hacer cumplir este reglamento y a estar al día con sus aportes a la Delegación y a la AMP (en el caso de los miembros).
Pérdida de la calidad de miembro o asociado: La pérdida de la calidad de miembro se produce según lo estipulan los Estatutos de la EOL.
La pérdida de la calidad de Asociado se produce por falta grave decidida por la Coordinadora con el acuerdo del Consejo de la EOL o sus representantes. Asimismo la calidad de asociado se pierde luego de adeudar los aportes correspondientes a la Delegación por tres meses consecutivos.
4.- Admisión de los Asociados.
La Delegación incluirá una Comisión que tendrá la facultad de realizar entrevistas y recomendar la admisión de Asociados a la Delegación. La decisión final corresponde a la Comisión delegada por el Consejo Estatutario de la EOL. La conformación de esta Comisión será decidida por el Consejo Estatuario de la EOL.
5.- Recursos
Los recursos de la Delegación proceden:
– De los aportes de sus miembros y asociados, fijados por la Coordinadora de la Delegación. Los miembros pagarán sus aportes a la Delegación y a la AMP. Los asociados a la Delegación
– De sus suscripciones y derechos de entrada.
– De la venta de sus publicaciones
– De todos los otros recursos autorizados por la legislación vigente-
6.- Instancias directivas
El órgano de administración y deliberación de la Delegación es la Coordinadora. Estará compuesta por
– Coordinador
– Secretario (a cargo también de la tesorería)
– Secretario de carteles
– La Coordinadora podrá crear comisiones ad-hoc para la realización de tareas específicas (biblioteca, publicaciones etc.)
La Coordinadora es elegida por el Consejo Estatutario de la EOL que fijará su duración para el período de puesta en marcha de la Delegación.
Luego del período de puesta en marcha el Consejo de la EOL o sus representantes implementará un sistema de permutación de los órganos de administración y deliberación
Los integrantes de las Comisiones ad-hoc son elegidos por la Coordinadora. Su duración es decidida por la Coordinadora en cada caso.
7.- Entidades anteriores
– El CID Mendoza del IOM2 realizará su Aufhebung en tanto EOL-Delegación Mendoza.
-Si así lo decidiera, el Grupo Asociado “ACEP” mantendrá su calidad de “Grupo Asociado a la EOL” Los integrantes de ACEP que lo deseen pueden pedir su admisión a la Delegación. De ser admitidos, podrán mantener la doble pertenencia: al Grupo Asociado y a la Delegación.
– Los observatorios de la FAPOL y del Instituto del Campo Freudiano que desarrollan actividades en el ámbito de la Delegación, continuarán como tales.
– Al momento de la creación de la Delegación, la Biblioteca de la Orientación Lacaniana Mendoza (BOLM) tiene una doble pertenencia: al CID Mza y a ACEP. Además está inscripta como adherente en la Federación Internacional de Bibliotecas de la Orientación Lacaniana (FIBOL).
Dada la disolución del CID- Mendoza del IOM2, la BOLM deberá solicitar una nueva inscripción. De ser aceptada, la BOLM mantendrá la doble pertenencia: a la “EOL-Delegación Mza” y a ACEP. Los bienes que hubieran quedarán a su resguardo.
8.- Disolución:
La decide el Consejo Estatutario de la EOL